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Otra condena al Estado

07/12/2006 - El Espectador

Siete jueces internacionales encontraron responsable a Colombia de la crisis humanitaria al suroccidente de Bogotá. Dicen que E.U. y transnacionales propician violencia.

Cazucá, uno de los sectores donde se registran los hechos más violentos en el suroccidente de Bogotá.

Los crímenes contra la población de Ciudad Bolívar y Cazucá, en el suroccidente de Bogotá, no son hechos aislados, sino que constituyen una modalidad de violencia ligada a intereses económicos, políticos y militares, nacionales e internacionales.

Sobre esta base, el Tribunal Internacional Contra la Impunidad condenó al Estado colombiano y a la vez cuestionó a las alcaldías de la capital de la República y de Soacha (Cundinamarca), por no proveer a los desplazados de estas convulsionadas zonas urbanas la infraestructura necesaria para una vida digna.

Según el fallo, Colombia es responsable de no garantizar los derechos fundamentales y tampoco propiciar sanciones a los autores de decenas de crímenes, de aplicar políticas socioeconómicas y uso excesivo de la Fuerza Pública en contra de sectores vulnerables de la población civil. El organismo igualmente cuestionó el hecho de que no se frenaran las acciones de los grupos paramilitares que operan en estas dos localidades.

Este Tribunal encontró culpable no sólo al Estado colombiano, sino también a la comunidad internacional y a las empresas transnacionales de Estados Unidos, Canadá, Bélgica y Suiza en Colombia. Reprochó a la vez a E.U. por financiar los planes Colombia y Patriota, que de acuerdo con los jueces internacionales, propiciaron el desplazamiento de la mayoría de habitantes de estas localidades.

En el texto de siete páginas, el Tribunal responsabiliza a Washington de haber impedido una solución negociada al conflicto armado, “al imponer a los grupos insurgentes la categoría de terroristas y así descartar las soluciones no militares del conflicto.

Las condenas no sólo se extendieron a la comunidad internacional sino también a los bloques Capital y Centauros, por crímenes contra la humanidad y por imponer un estado de terror contra la población civil.  

Los testimonios

La determinación del Tribunal se dio luego de escuchar 21 testimonios de habitantes, con quienes se documentaron casos de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, violaciones a las normas del Derecho Internacional Humanitario, capturas y detenciones ilegales y control territorial por parte de paramilitares.

El organismo internacional, que sesionó en el Capitolio Nacional los días 24 y 25 de noviembre, fue convocado por el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, las organizaciones sociales de Ciudad Bolívar y Cazucá y el Proyecto Justicia y Vida, quienes denunciaron la muerte de unas 600 personas.

Aunque el fallo es simbólico y sin efectos jurídicos, la determinación constituye una sanción moral y pública mundial en contra del Estado. El tribunal estuvo compuesto por ocho jueces: François Houtart de Bélgica, como presidente; el padre Javier Giraldo, vicepresidente; Carmen Kardag, de Filipinas; Patricia Dahl, de Estados Unidos; Alexis Ponce, de Ecuador; James Deckard y Orlando Fals Borda. Ejerció como fiscal Christopher Ferguson de Suiza. Adicionalmente, se esperaba la asistencia de representantes del Estado colombiano, que no se presentaron a justificar la política de seguridad democrática y sus efectos.

No es la primera vez que Colombia es sancionada por un tribunal de éstos. También recibió sanciones por los casos del bombardeo al corregimiento de Santo Domingo de Tame (Arauca) y las masacres y desapariciones en Barrancabermeja, Santander.

Desacato a la Corte

La sanción del Tribunal Internacional contra la Impunidad se dio en momentos que la Corte Constitucional abrió un incidente de desacato porque el Gobierno no atendió la orden, a través de una sentencia de tutela de 2004, de buscar fórmulas reales para atender el fenómeno del desplazamiento en nuestro país.

La determinación de la Corte se tomó con base en un informe de la Procuraduría General de la Nación, quien sostuvo que no obstante los diversos programas del Gobierno, la información suministrada por las diferentes entidades oficiales no aportan elementos que permitan verificar que estos programas hayan tenido efectos en la disminución del desplazamiento.

Este y otros cuestionamientos sirvieron de sustento para que la Corte Constitucional abriera el incidente de desacato y remitiera al Juez Quinto Civil de Bogotá el informe del Ministerio Público para estudiar una eventual sanción. La medida afecta a Sandra Patricia Devia Ruiz, directora de Orden Público del Ministerio del Interior; el subgerente de Ordenamiento Social de esa misma cartera, los funcionarios y contratistas de Acción Social, responsables de las víctimas del desplazamiento.   


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